Retención del ISR
por pagos de Aguinaldo
Tip: Consulta años anteriores
Aguinaldo a pagar:
Salario mensual ordinario:
Detalle del cálculo
  Cálculo Conforme al artículo 96 del la LISR Calculo conforme al artículo 174 del RLISR
Aguinaldo: $0.00 $0.00
Aguinaldo exenta: $0.00 $0.00
Aguinaldo gravada: $0.00 $0.00
Salario del mes: $0.00 $0.00
Suma de Ingresos gravados: $0.00 $0.00
ISR por Aguinaldo: $0.00 $0.00
ISR correspondiente al salario: $(407.02) $(407.02)
Suma el ISR a retener en el mes: $(407.02) $(407.02)
Ingreso neto: $407.02 $407.02
Ver detalle completo
Cálculo conforme al artículo 96 de la LISR
ISR a retener de aplicar el artículo 96 al total de ingresos gravados del mes:
Total de ingresos gravados del mes(salario más Aguinaldo): $0.00
Impuestos: $0.00
Subsidio para el empleo: $407.02
ISR a retener (Subsidio para el empleo a pagar) (A): $(407.02)
ISR que corresponde al salario:
Salario: $0.00
Impuesto: $0.00
Subsidio para el empleo: $407.02
ISR a retener (Subsidio para el empleo)(B): $(407.02)
ISR que le corresponde al pago de Aguinaldo conforme al procedimiento de la LISR: $0.00
Cálculo conforme al artículo 174 del RLISR
Proporción mensual de Aguinaldo gravada (artículo 174, fracción I): $0.00
Ingreso mensual (artículo 174, fracción II): $0.00
ISR que corresponde al ingreso determinado en términos del artículo 174, II del RLISR (A): $0.00
ISR que corresponde al ingreso mensual ordinario: $0.00
Diferencia: $0.00
Determinación y aplicación de la tasa efectiva (artículo 174, IV y V RLISR):
Tasa efectiva: $0.00%
Impuesto a retener por Aguinaldo conforme al procedimiento del reglamento: $0.00